Qué es el certificado de eficiencia energética y por qué importa en Madrid
El certificado de eficiencia energética es un documento oficial que evalúa el consumo de energía de un inmueble y le asigna una calificación que va desde la letra A (máxima eficiencia) hasta la letra G (mínima eficiencia). En Madrid, como en el resto de España, este certificado es obligatorio para la venta y el alquiler de inmuebles desde 2013, al amparo del Real Decreto 235/2013 y su posterior actualización mediante el Real Decreto 390/2021.
Más allá de la obligación legal, el certificado energético tiene un impacto real y creciente sobre el valor de mercado de los inmuebles. Estudios recientes del sector inmobiliario en España muestran que los inmuebles con calificación A o B se venden hasta un 15% por encima del precio medio de mercado, mientras que los inmuebles con calificación E, F o G tienen cada vez más dificultades para encontrar compradores o arrendatarios, en un contexto de mayor conciencia ambiental y de aumento del coste de la energía.
Cuándo es obligatorio el certificado energético en Madrid
El certificado de eficiencia energética es obligatorio en Madrid en los siguientes supuestos. En primer lugar, en la venta de inmuebles: tanto viviendas como locales comerciales y edificios enteros deben disponer de certificado energético válido antes de ser puestos a la venta. El certificado debe ser presentado al notario en el momento de la firma de la escritura de compraventa.
En segundo lugar, en el alquiler de inmuebles: el certificado es obligatorio para alquilar cualquier vivienda o local comercial, y el arrendador está obligado a informar al arrendatario de la calificación energética obtenida. La omisión de esta información puede dar lugar a sanciones económicas.
En tercer lugar, en la solicitud de determinadas subvenciones y ayudas públicas para rehabilitación energética, como las del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) o las del Plan Rehabilita de la Comunidad de Madrid, es necesario disponer de un certificado energético previo a las obras para poder justificar la mejora obtenida.
Existe un conjunto de excepciones a la obligatoriedad: inmuebles de uso industrial o agrícola, edificios declarados Bien de Interés Cultural (BIC) cuando su cumplimiento altere de manera inaceptable su carácter o aspecto, edificios temporales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años, y edificios de superficie útil inferior a 50 m².
Quién puede firmar el certificado energético en Madrid
El certificado de eficiencia energética debe ser firmado por un técnico competente, que en España se define como el técnico en posesión de una titulación académica y profesional habilitante para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación. Esto incluye a los arquitectos, los arquitectos técnicos (aparejadores) y los ingenieros industriales, entre otros.
El arquitecto es el técnico más completo para emitir este certificado, ya que tiene formación específica en envolvente térmica, instalaciones y comportamiento energético de los edificios. Además, cuando el certificado va acompañado de propuestas de mejora para elevar la calificación, el arquitecto es el profesional más capacitado para evaluar la viabilidad técnica y económica de cada medida.
El técnico certificador debe estar dado de alta en el registro de técnicos certificadores del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y el certificado debe ser registrado en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de la Comunidad de Madrid.
Cómo se realiza el certificado energético: metodología y herramientas
El proceso de certificación energética comienza con la visita al inmueble para tomar datos sobre la envolvente (muros, cubierta, suelos, ventanas), las instalaciones de climatización, calefacción, agua caliente sanitaria e iluminación, y las características constructivas del edificio. Esta visita suele durar entre una y dos horas para una vivienda estándar.
Con estos datos, el técnico introduce la información en un software de cálculo reconocido por el Ministerio para la Transición Ecológica. Los programas oficiales más utilizados son CE3X y CYPETHERM HE Plus, que calculan la demanda energética y el consumo de energía del inmueble en condiciones estándar de uso y lo comparan con un edificio de referencia para obtener la calificación final.
El resultado es un documento que incluye la calificación global (letra de la A a la G), las calificaciones parciales de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, las emisiones de CO₂ equivalentes en kg/m²·año, y las propuestas de mejora con estimación del ahorro energético y económico de cada una.
Costes del certificado energético en Madrid en 2026
Los honorarios para la emisión de un certificado energético en Madrid varían en función de la superficie y el tipo de inmueble. Para una vivienda de entre 60 y 100 m², el coste orientativo de mercado en 2026 se sitúa entre 120 y 200 €, IVA incluido. Para viviendas de más de 150 m², el coste puede superar los 250 €. Para locales comerciales o edificios completos, el precio debe calcularse en función de la complejidad del encargo.
Conviene desconfiar de precios excesivamente bajos (por debajo de 80 €), ya que frecuentemente implican certificaciones realizadas sin visita real al inmueble, con datos estimados que pueden no reflejar la realidad del edificio. Un certificado mal realizado puede dar lugar a sanciones si la Administración lo detecta, y no tiene ningún valor como herramienta de planificación de mejoras energéticas.
El certificado tiene una validez de 10 años, salvo que se realicen reformas significativas en el inmueble que modifiquen sus características energéticas, en cuyo caso debe ser renovado.
Calificaciones más habituales en el parque inmobiliario madrileño
Madrid presenta una de las realidades más heterogéneas de España en materia de eficiencia energética. El parque de viviendas anterior a 1980, que representa más del 50% del total, obtiene habitualmente calificaciones E, F o G, dado que fue construido antes de que existiera ninguna normativa de ahorro energético. Los edificios de los años 80 y 90 obtienen generalmente calificaciones D o E. Solo los edificios construidos a partir de 2007, con la entrada en vigor del CTE, empiezan a obtener calificaciones C con cierta regularidad, y los de obra reciente (post-2020) pueden alcanzar la B o incluso la A.