Actualizado 2026
Proyecto básico y proyecto ejecutivo: diferencias y cuándo necesitas cada uno
Cuando contratas a un arquitecto para una obra, uno de los primeros conceptos que aparecen es la distinción entre proyecto básico y proyecto ejecutivo. Muchos propietarios no conocen la diferencia y esto genera confusiones sobre qué están contratando, qué cubre cada documento y qué trámites habilita. En este artículo te explicamos de forma clara y práctica qué es cada uno, para qué sirve y cuándo la normativa española obliga a disponer de ambos.
Qué es el proyecto básico
El proyecto básico es el documento técnico que recoge las características generales de la obra: la descripción del edificio o la intervención, los usos previstos, la volumetría, las superficies construidas, el cumplimiento de la normativa urbanística y los aspectos fundamentales de la estructura e instalaciones. No entra en el detalle de ejecución, pero sí aporta suficiente información para que el Ayuntamiento pueda valorar si la obra cumple con el planeamiento vigente.
Su función principal es servir de base para solicitar la licencia de obras. En Madrid y en la mayoría de los municipios españoles, con el proyecto básico puedes iniciar el expediente de licencia urbanística. Sin embargo, no es suficiente para comenzar la construcción: para eso necesitas el proyecto ejecutivo.
El contenido mínimo del proyecto básico está definido por el Código Técnico de la Edificación (CTE) y por el artículo 124 de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Debe incluir memoria descriptiva y justificativa, planos de situación, planos de planta, alzado y sección, y un presupuesto estimado de la obra.
Qué es el proyecto ejecutivo
El proyecto ejecutivo —también llamado proyecto de ejecución— es la versión completa y detallada del proyecto. Sobre la base del proyecto básico, incorpora toda la información necesaria para que los constructores puedan llevar a cabo la obra: planos detallados de cada elemento constructivo, especificaciones técnicas de materiales y sistemas, cálculos de estructura, memorias de instalaciones (fontanería, electricidad, climatización, telecomunicaciones), plan de control de calidad, estudio de seguridad y salud, y mediciones y presupuesto detallado.
El proyecto ejecutivo es imprescindible para iniciar la obra, para contratar a la empresa constructora con garantías y para tramitar el acta de replanteo. También es el documento que sirve de referencia durante toda la ejecución y que el director de obra utiliza para supervisar que lo construido coincide con lo proyectado.
En la práctica, muchos arquitectos redactan el proyecto básico y el ejecutivo de forma integrada, entregando un único documento completo. Esto es habitual cuando el cliente quiere licencia y ejecución sin demoras innecesarias entre fases.
Diferencias clave entre ambos documentos
La diferencia fundamental radica en el nivel de detalle y en la finalidad de cada documento. El proyecto básico está orientado a la administración pública: justifica que la obra es viable urbanísticamente. El proyecto ejecutivo está orientado a la obra en sí: contiene toda la información para construir correctamente.
Desde el punto de vista legal, la LOE establece que el promotor tiene la obligación de encargar el proyecto ejecutivo antes del inicio de la obra, aunque la licencia se haya obtenido con el proyecto básico. Esto significa que presentar solo el proyecto básico al Ayuntamiento es legal, pero no puedes comenzar a construir hasta disponer del ejecutivo.
En cuanto a honorarios, el proyecto ejecutivo suele suponer un coste adicional del 30% al 50% sobre el proyecto básico, aunque muchos arquitectos ofrecen ambos como un único encargo con tarifa cerrada. La separación en fases puede tener sentido cuando existe incertidumbre sobre si se obtendrá la licencia y se quiere minimizar el coste inicial.
¿Cuándo necesitas solo el básico y cuándo también el ejecutivo?
Si tu objetivo inmediato es obtener la licencia de obras —por ejemplo, para vender un terreno con licencia concedida, para cumplir un plazo legal o para garantizar a un inversor la viabilidad del proyecto—, el proyecto básico puede ser suficiente en ese momento.
Si tu objetivo es construir o reformar, necesitarás el proyecto ejecutivo antes de dar inicio a las obras. No hay excepciones relevantes en el ámbito de la edificación privada: sin proyecto ejecutivo, la dirección de obra no puede formalizarse correctamente y la obra carecerá de cobertura técnica y legal durante la ejecución.
Para obras de reforma menor —como la redistribución de una vivienda o la renovación de instalaciones sin cambio de uso—, en algunos municipios el proyecto básico y ejecutivo se presenta como un único documento simplificado. En Madrid, el Ayuntamiento ha ido unificando progresivamente los requisitos documentales, por lo que conviene consultar cada caso concreto con el técnico antes de iniciar el encargo.
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