Visado de proyecto en el Colegio de Arquitectos de Madrid: qué es y cuándo es obligatorio

Cuando contratas a un arquitecto para redactar un proyecto, es frecuente escuchar el término visado colegial. Sin embargo, pocos propietarios y promotores saben exactamente qué significa, qué comprueba y, sobre todo, cuándo es legalmente necesario. En esta guía te lo explicamos con claridad para que no te sorprenda durante la tramitación de tu licencia en Madrid.

¿Qué es el visado de un proyecto de arquitectura?

El visado es el acto mediante el cual el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) certifica que el técnico que firma el proyecto está colegiado, habilitado y no tiene ninguna incompatibilidad legal para ejercer. No es una aprobación técnica del proyecto —el Colegio no comprueba que el proyecto sea correcto— sino una garantía de identidad y habilitación profesional del arquitecto.

El visado se regula principalmente por el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, que supuso una reforma importante al eliminar el visado obligatorio para la mayoría de proyectos y reducirlo a un listado tasado de trabajos técnicos. Con anterioridad, prácticamente todos los proyectos requerían visado; hoy ese requisito está muy acotado.

Existen dos modalidades:

  • Visado obligatorio: exigido por ley para determinados trabajos.
  • Visado voluntario: el cliente o el propio arquitecto lo solicita por razones de seguridad o de exigencia del promotor o la administración, aunque no sea preceptivo.

¿Cuándo es obligatorio el visado en Madrid?

Según el Real Decreto 1000/2010, el visado colegial es obligatorio exclusivamente para los siguientes proyectos:

  • Proyecto de ejecución de edificación cuya dirección de obra sea también competencia del arquitecto y esté sujeta a obtención de licencia urbanística.
  • Certificado de final de obra de los proyectos anteriores.
  • Proyectos de demolición que requieran licencia de obras.
  • Proyectos de urbanización que exijan intervención de arquitecto.

Quedan fuera del visado obligatorio los proyectos de reforma interior que no afecten a la estructura, los informes periciales, los estudios previos y la mayor parte de los trabajos de consultoría. En la práctica, muchas licencias menores en Madrid se tramitan con documentación técnica sin visar, siempre que el ayuntamiento no lo exija expresamente en sus ordenanzas locales.

Conviene matizar que el Ayuntamiento de Madrid puede, en sus propias instrucciones de tramitación, requerir el visado incluso para casos no contemplados en el RD 1000/2010, por lo que es fundamental consultar los requisitos concretos de cada licencia antes de iniciar el proyecto.

¿Qué comprueba el COAM al visar un proyecto?

El proceso de visado no implica una revisión técnica del contenido del proyecto. El COAM verifica los siguientes aspectos:

  • Que el arquitecto firmante está colegiado y en situación activa.
  • Que no existe ninguna causa de incompatibilidad o inhabilitación.
  • Que la documentación presentada es la que corresponde al tipo de trabajo declarado.
  • Que se han liquidado los honorarios colegiales correspondientes (aunque estos son libres desde 2009).

Una vez visado, el proyecto recibe un número de visado y un sello que lo acredita. Esto sirve también para dejar constancia registral del encargo, lo que puede ser útil en caso de conflicto entre el arquitecto y el cliente.

¿Cuánto tiempo tarda el visado y cuánto cuesta?

El COAM ofrece actualmente el visado de forma telemática a través de su plataforma online, lo que ha reducido notablemente los plazos. En condiciones normales, el visado se resuelve en 24 a 72 horas hábiles. En épocas de alta demanda puede alargarse hasta una semana.

Respecto al coste, el COAM aplica una tasa colegial por visado que varía en función del tipo de proyecto y del presupuesto de ejecución material (PEM). No existe un arancel fijo nacional desde la liberalización de 2009, por lo que se recomienda consultar la tarifa vigente en la web del COAM antes de presentar el proyecto.

El coste del visado suele repercutirse al cliente dentro de los honorarios del arquitecto o como gasto separado identificado en la factura. Conviene acordarlo expresamente en el contrato de servicios profesionales.

Visado voluntario: cuándo puede interesarte solicitarlo

Aunque no sea obligatorio, hay situaciones en las que solicitar el visado voluntario es una decisión prudente:

  • Reformas de envergadura sin licencia de obra mayor: el visado genera un registro oficial del encargo.
  • Proyectos para financiación bancaria: algunos bancos exigen proyecto visado para conceder préstamos promotores.
  • Trabajos periciales con posible litigio posterior: el visado acredita la autoría y la fecha del documento.
  • Proyectos en comunidades de propietarios: el visado aporta seguridad jurídica adicional a los copropietarios.

El visado voluntario se tramita con el mismo procedimiento que el obligatorio, únicamente cambia la base legal que lo ampara.

Cómo solicitar el visado en el COAM paso a paso

El arquitecto es quien tramita el visado, no el cliente. No obstante, como propietario o promotor conviene conocer el proceso:

  1. El arquitecto accede al portal del COAM con su certificado digital o clave colegial.
  2. Sube la documentación técnica en formato PDF o en el formato exigido.
  3. Declara el tipo de trabajo, el emplazamiento y el PEM estimado.
  4. El sistema calcula la tasa colegial y el arquitecto procede al pago.
  5. El COAM comprueba la documentación y, si todo es correcto, emite el certificado de visado electrónico.
  6. El arquitecto descarga el proyecto visado con el sello y número de visado incorporado.

En caso de deficiencias en la documentación, el COAM notifica al arquitecto para que las subsane, lo que puede alargar el plazo. Para proyectos urgentes es recomendable presentar el expediente con toda la documentación completa desde el primer momento. Puedes ampliar información sobre la tramitación de licencias en nuestra guía sobre licencia de primera ocupación en Madrid y sobre comunicación previa de obras en Madrid.

Diferencias entre visado y colegiación del arquitecto

Es importante no confundir ambos conceptos. La colegiación es el requisito previo e imprescindible para que un arquitecto pueda ejercer en España: sin ella, sus trabajos carecen de validez legal. El visado es un acto posterior y concreto para cada proyecto, que certifica que el colegiado está habilitado en el momento de firmar ese trabajo específico.

Para verificar que tu arquitecto está colegiado en el COAM puedes consultar el directorio público del COAM. Esta verificación es especialmente recomendable cuando contrates servicios a través de plataformas digitales o sin referencia directa. Consulta también nuestro artículo sobre qué debe contener el contrato de servicios arquitectónicos.

Preguntas frecuentes sobre el visado de proyectos en Madrid

¿Puede el Ayuntamiento de Madrid rechazar un proyecto por falta de visado?

Sí, si el tipo de proyecto está en la lista de trabajos con visado obligatorio del RD 1000/2010 o si las instrucciones municipales lo exigen. En ese caso, el expediente de licencia se considerará incompleto hasta que se aporte el visado.

¿Quién paga el visado, el arquitecto o el cliente?

La tasa la abona el arquitecto al COAM, pero habitualmente se repercute al cliente como un gasto identificado en la factura. Lo habitual es que quede recogido en el presupuesto de honorarios desde el inicio.

¿El visado garantiza que el proyecto cumple la normativa urbanística?

No. El COAM no revisa el contenido técnico ni la adecuación del proyecto a la normativa. Esa verificación la realiza la administración municipal al instruir el expediente de licencia.

¿Pueden visar proyectos arquitectos de otros colegios distintos al COAM?

Sí, cualquier arquitecto colegiado en España puede visar proyectos en el Colegio de su demarcación. Para obras en Madrid, el visado más habitual es el del COAM, pero no es obligatorio que sea este colegio concreto el que lo emita.

¿Existe algún plazo de validez para el visado una vez obtenido?

El visado no tiene fecha de caducidad intrínseca, pero si el proyecto sufre modificaciones sustanciales tras ser visado, puede ser necesario solicitar un nuevo visado del proyecto modificado antes de presentarlo a trámite.

¿Necesitas asesoramiento de un arquitecto en Madrid? Contacta con nuestro equipo y resolveremos todas tus dudas sobre visado, tramitación de licencias y proyectos de arquitectura en Madrid.