Actualizado 2026.
Licencia para salida de humos de una cocina en Madrid: normativa y trámite
Abrir un bar, una cafetería o un restaurante en Madrid implica resolver un asunto que decide muchas veces la viabilidad del negocio: la salida de humos. La chimenea de extracción de una cocina con producción de humos no es un capricho de diseño, sino una instalación regulada que necesita proyecto técnico, cumplimiento normativo y, con frecuencia, el acuerdo de la comunidad de propietarios. En esta guía te explicamos cuándo hace falta licencia, qué exige la normativa madrileña, hasta dónde debe subir el conducto y qué pasos seguir para evitar que tu apertura se bloquee por este motivo.
Cuándo necesitas resolver la salida de humos
Toda actividad que genere humos, gases, vapores o olores por cocinado —hostelería con cocina, asadores, freidurías, obradores— debe evacuarlos de forma controlada. No basta con un extractor doméstico: se requiere un sistema de extracción y una chimenea que conduzca los humos hasta cubierta, con los tratamientos de depuración que correspondan. La instalación forma parte del proyecto de actividad y se tramita junto con la licencia o la declaración responsable de apertura del local.
La cuestión clave es que la salida de humos casi nunca es un trámite aislado: se integra en el expediente de la actividad. Por eso, si estás valorando montar un negocio de restauración, conviene entender antes todo el marco de la licencia de actividad en Madrid, dentro de la cual la extracción de humos es uno de los puntos más sensibles.
Qué normativa se aplica en Madrid
La regulación combina varios niveles. A nivel municipal, la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Atmosférica y las ordenanzas de tramitación de licencias de Madrid fijan las condiciones de evacuación de humos. A nivel estatal y técnico, entran en juego el Código Técnico de la Edificación (CTB) —especialmente sus documentos de salubridad y seguridad en caso de incendio— y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) cuando hay instalaciones de ventilación asociadas.
La idea de fondo es doble: proteger la salud y la calidad del aire de los vecinos y del entorno, y garantizar la seguridad frente a incendios, ya que los conductos de cocina acumulan grasas y pueden propagar el fuego. De ahí que la normativa sea exigente con los materiales del conducto, su registrabilidad para limpieza y su recorrido dentro del edificio.
Hasta dónde debe subir el conducto y otras exigencias técnicas
La regla general es que la salida de humos debe conducirse por el interior del edificio hasta sobrepasar la cubierta, situando la boca de expulsión por encima de la altura de las edificaciones colindantes en un radio determinado, para evitar molestias y reflujos hacia ventanas y terrazas próximas. No se admite, con carácter general, expulsar los humos por la fachada a baja altura ni a un patio interior sin cumplir condiciones muy estrictas.
Entre los requisitos técnicos habituales figuran: conductos de material resistente al fuego y a la corrosión, estanqueidad, registros para limpieza periódica, sistemas de filtrado o depuración (filtros de grasa y, según el caso, tratamiento de olores mediante carbón activo, ozonización o electrostáticos), y un dimensionado del caudal de extracción acorde a la potencia de la cocina. El proyecto debe justificar todo ello y, cuando la actividad lo requiere, incorporar medidas contra incendios coherentes con el marco de protección contra incendios en locales de Madrid.
El papel de la comunidad de propietarios
Aquí surge uno de los conflictos más frecuentes. Para llevar el conducto hasta cubierta, casi siempre hay que discurrir por elementos comunes del edificio (patinillos, fachada, patios, cubierta). Eso significa que, además de la licencia municipal, necesitarás el acuerdo de la junta de propietarios, porque estás afectando a zonas comunes y, en muchos casos, alterando la fachada o la cubierta.
La Ley de Propiedad Horizontal exige mayorías cualificadas para autorizar obras que modifican elementos comunes, y la comunidad puede poner condiciones o incluso negarse si la instalación genera perjuicios. Antes de firmar un contrato de alquiler del local, es prudente comprobar si los estatutos permiten la actividad y si existe un conducto preinstalado. Si te preocupa cómo se gestionan este tipo de intervenciones, te será útil conocer los criterios sobre reforma de elementos comunes y quórum necesario.
El trámite paso a paso
El camino habitual para legalizar la salida de humos en Madrid sigue estas fases:
- Proyecto técnico redactado por técnico competente, que define el sistema de extracción, el recorrido, la depuración y la justificación normativa.
- Autorización de la comunidad para el paso por elementos comunes y la salida en cubierta, con el acuerdo recogido en acta.
- Presentación del expediente de actividad (licencia o declaración responsable, según el tipo y aforo) que incluye la instalación de humos.
- Ejecución de la obra conforme al proyecto, con certificados de instalación y de fin de obra.
- Puesta en marcha y controles: mantenimiento y limpieza periódica de conductos, que además reduce el riesgo de incendio.
Los plazos dependen del régimen de intervención administrativa aplicable a la actividad. Cuanto mejor definido esté el proyecto y más claro sea el acuerdo con la comunidad, menos incidencias tendrás.
Errores que retrasan la apertura
El error más caro es firmar el alquiler de un local sin verificar la viabilidad de la salida de humos. Muchos locales en planta baja de edificios residenciales no tienen conducto hasta cubierta y la comunidad se opone a instalarlo, lo que puede hacer inviable una cocina con humos. Otro fallo habitual es infradimensionar la depuración de olores: aunque la licencia se conceda, las denuncias vecinales por olores pueden derivar en expedientes y obligarte a mejorar la instalación. Por último, descuidar la limpieza periódica del conducto no solo incumple la normativa, sino que multiplica el riesgo de incendio.
Preguntas frecuentes
¿Siempre necesito licencia para la salida de humos?
La salida de humos se integra en el expediente de la actividad hostelera. Necesitarás el título habilitante que corresponda (licencia o declaración responsable) y, además, el acuerdo de la comunidad si el conducto pasa por elementos comunes.
¿Hasta dónde tiene que llegar el conducto?
Como regla general, hasta sobrepasar la cubierta del edificio y por encima de las edificaciones colindantes próximas, para evitar molestias y reflujos. Expulsar los humos por fachada a baja altura no suele admitirse.
¿La comunidad puede negarse a que instale la chimenea?
Sí. Al afectar a elementos comunes y a la fachada o cubierta, se requiere acuerdo de la junta con las mayorías de la Ley de Propiedad Horizontal, y la comunidad puede poner condiciones o denegarlo si hay perjuicio.
¿Qué pasa si abro un bar sin resolver bien la extracción?
Te expones a la denegación o revocación de la licencia, a expedientes por olores o contaminación atmosférica, a sanciones y, en el peor de los casos, al cierre de la actividad. También aumenta el riesgo de incendio por acumulación de grasas.
¿Necesito depurar los olores además de extraer los humos?
En muchos casos sí. Según la actividad y su entorno, la normativa y las ordenanzas pueden exigir sistemas de tratamiento de olores (filtros de carbón, ozono, electrostáticos) además de los filtros de grasa.
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